Saber cómo tributan los seguros de vida es una de las dudas más importantes, ya que la fiscalidad puede parecer compleja. La respuesta depende de quién y por qué lo cobra. En esta guía te explicamos de forma clara qué impuestos se pagan en cada caso para que lo entiendas sin tecnicismos. Si quieres un seguro bien planificado para proteger a los tuyos sin sorpresas fiscales, nuestro equipo te asesora en el 91 079 96 62.
¿Qué información vas a encontrar en este artículo?
La tributación del seguro de vida: IRPF o Impuesto de Sucesiones
Para entender los impuestos de un seguro de vida, la primera pregunta es la más importante: ¿quién recibe el dinero? La respuesta a esto determina si tienes que pagar a través del Impuesto de Sucesiones o del IRPF.
- Si lo cobra un heredero o beneficiario por fallecimiento: cuando el tomador (quien contrató el seguro) fallece y el dinero lo recibe otra persona (un hijo, el cónyuge…), se considera una herencia. Por tanto, tributa por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).
- Si lo cobras tú mismo: si el tomador y el beneficiario sois la misma persona, lo cual ocurre si recibes el dinero por una incapacidad o al rescatar un seguro de ahorro, se considera un rendimiento económico. Por tanto, tributa en tu declaración de la renta, a través del IRPF.
Impuestos al cobrar un seguro de vida por fallecimiento
Este es el caso más habitual. Un beneficiario recibe el capital tras el fallecimiento del asegurado. Como hemos visto, aquí entra en juego el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).
¿Cómo funciona el Impuesto de Sucesiones?
El ISD es un impuesto estatal, pero su gestión está cedida a las Comunidades Autónomas. Esto significa que la cantidad a pagar puede variar muchísimo dependiendo de dónde residía el fallecido. El dinero del seguro se suma al resto de la herencia para calcular la base imponible.
Factores que deciden cuánto pagas
No hay una cifra fija. Lo que se queda Hacienda depende de tres factores principales:
- Comunidad Autónoma: es el más determinante. Hay comunidades con bonificaciones de hasta el 99% para familiares directos (como Madrid o Andalucía), mientras que en otras el impuesto es mucho más alto.
- Parentesco con el fallecido: cuanto más cercano sea el lazo familiar (de padres a hijos, entre cónyuges), mayores serán las reducciones y bonificaciones aplicables.
- Dinero recibido: el impuesto es progresivo. A mayor capital que cobres, mayor será el porcentaje que te corresponda pagar.
¿Puedo librarme de pagar?
Aunque por ley la prestación de un seguro de vida no está exenta de impuestos, en la práctica, la respuesta puede ser «casi». Gracias a las importantes reducciones y bonificaciones que existen para familiares directos en muchas comunidades, es muy común que la cantidad final a pagar sea simbólica o incluso cero.
Impuestos al cobrar un seguro de vida en vida (incapacidad o rescate)
En este escenario, eres tú, el tomador del seguro, quien recibe el dinero. Esto suele ocurrir por dos motivos: una incapacidad permanente cubierta por la póliza o el rescate de un seguro de vida-ahorro.
¿Cómo funciona el IRPF aquí?
Cuando cobras el dinero en vida, Hacienda lo considera un rendimiento del capital mobiliario. Esto significa que lo tienes que incluir en tu declaración de la renta, en la «base imponible del ahorro», junto a otros productos como depósitos o fondos de inversión.
La fórmula para calcularlo
No declaras todo el dinero que recibes, solo la ganancia. El cálculo es bastante sencillo:
(Dinero que Recibes) – (Total de Cuotas que has Pagado) = Ganancia a declarar en el IRPF
Por ejemplo, si recibes 100.000€ por una incapacidad y a lo largo de los años has pagado 15.000€ en primas, solo tendrás que tributar por la ganancia de 85.000€.
La desgravación de las primas del seguro de vida
Es una pregunta muy frecuente. La regla general es que las primas que pagas por tu seguro de vida-riesgo particular no se pueden deducir en la declaración de la renta. Sin embargo, existen excepciones importantes. En algunos casos específicos, sí existen seguros de vida que desgravan, como los que están vinculados a la hipoteca (con ciertos límites) o los que contratan los trabajadores autónomos.
Preguntas frecuentes sobre la fiscalidad del seguro de vida
¿Qué plazo hay para liquidar los impuestos de un seguro de vida?
Si tributas por el Impuesto de Sucesiones (caso de fallecimiento), el plazo general es de seis meses desde la fecha de la defunción. Se puede solicitar una prórroga de otros seis meses. Si es por IRPF, lo incluyes en tu declaración de la renta del año correspondiente.
¿Tengo que incluir el dinero del seguro en la Renta si lo cobro por fallecimiento?
No. Si lo cobras por fallecimiento, se liquida a través del Impuesto de Sucesiones y ese dinero ya no tiene que declararse en el IRPF.
¿Qué es más favorable, tributar por IRPF o por Sucesiones?
Depende enormemente de la Comunidad Autónoma y del grado de parentesco. En comunidades con grandes bonificaciones en Sucesiones para familiares directos, a menudo es mucho más favorable tributar por ISD que por IRPF. Sin embargo, no hay una respuesta única.
