El permiso por fallecimiento de un familiar es un derecho que te permite ausentarte del trabajo en un momento tan delicado. En esta guía te explicamos de forma clara cuántos días te tocan, por qué familiares puedes solicitarlo y cómo gestionarlo, incluyendo la nueva ley. Si esta situación te hace pensar en la importancia de planificar el futuro para proteger a los tuyos, nuestro equipo te asesora sin compromiso en el 91 079 96 62.
¿Qué información vas a encontrar en este artículo?
Días de permiso por fallecimiento: ¿cuántos corresponden por ley?
La ley, a través del Estatuto de los Trabajadores, establece un mínimo de días para todos los empleados en España. Sin embargo, es muy importante que revises tu convenio colectivo, ya que muchos lo mejoran.
La norma general actual es la siguiente:
- Dos días naturales por el fallecimiento de un familiar hasta el segundo grado.
- Cuatro días naturales si necesitas hacer un desplazamiento a otra localidad.
Recuerda que se habla de «días naturales», lo que significa que cuentan fines de semana y festivos si caen en medio.
¿Por qué familiares dan días libres por fallecimiento?
El derecho al permiso retribuido se aplica por el fallecimiento de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Para que no te líes con los términos, estos son los familiares que incluye:
- Primer grado: cónyuge o pareja de hecho, hijos (también los del cónyuge), padres y suegros.
- Segundo grado: abuelos, nietos y hermanos (también los cuñados).
Por tanto, no tendrías derecho a este permiso por el fallecimiento de un familiar más lejano, como un tío o un primo (tercer y cuarto grado, respectivamente), a no ser que tu convenio colectivo diga lo contrario.
Cómo solicitar el permiso por fallecimiento a la empresa
Aunque estés pasando por un mal momento, es importante seguir unos pasos sencillos para gestionar el permiso correctamente con tu empresa.
- ¿Cómo se solicita? Debes avisar a tu empresa lo antes posible, normalmente a tu superior directo o al departamento de Recursos Humanos. Aunque el primer aviso suele ser verbal (una llamada), es recomendable confirmarlo después por escrito (un email). La empresa te pedirá un justificante, que suele ser una copia del certificado de defunción.
- ¿Desde cuándo cuenta? Por norma general, el permiso empieza a contar desde el día del fallecimiento. No obstante, si ese día no era laborable para ti, muchos convenios y sentencias judiciales establecen que el permiso debe empezar a contar desde el primer día laborable siguiente.
La nueva ley del permiso por fallecimiento: hasta 10 días
Es importante que conozcas una propuesta de reforma que podría cambiar este permiso en el futuro, incluida en el proyecto de la llamada «Ley de Familias». Aunque a día de hoy no está en vigor, es un cambio muy sonado y es bueno saber en qué consiste.
El proyecto de ley propone lo siguiente:
- Ampliación a 10 días: el permiso se ampliaría considerablemente para dar más tiempo y apoyo a la familia.
- Mayor flexibilidad: se contempla que estos días se puedan disfrutar de forma fraccionada a lo largo de las semanas posteriores al fallecimiento, permitiendo al trabajador gestionar mejor sus necesidades.
Habrá que estar atentos a su tramitación parlamentaria para saber si finalmente se aprueba y cuándo entraría en vigor.
Ahora que conoces tus derechos, puedes dar el paso para que tu familia nunca tenga que preocuparse por los costes o las gestiones en un momento tan duro. Saber cuáles son los gastos de sepelio te ayuda a entender la importancia de tenerlo todo cubierto.
Preguntas frecuentes sobre los días por fallecimiento
¿Qué pasa si el fallecimiento ocurre durante mis vacaciones?
Si el fallecimiento ocurre mientras estás de vacaciones, el permiso no se interpone. Es decir, no puedes interrumpir tus vacaciones para disfrutar del permiso y luego reanudarlas. Seguirás de vacaciones.
¿Necesito un justificante para el permiso por fallecimiento?
Sí, la empresa está en su derecho de solicitarte un documento que justifique tu ausencia. Lo más común es presentar una copia del certificado de defunción del familiar.
¿Tengo derecho a permiso por el fallecimiento de un tío?
No. Un tío es un familiar de tercer grado de consanguinidad. El permiso por ley solo cubre hasta el segundo grado. La única excepción sería que tu convenio colectivo lo incluyera expresamente, pero no es lo habitual.
