¿El seguro de vida desgrava en la declaración de la renta? La respuesta es un «depende». Aunque para la mayoría de los casos la respuesta es no, existen tres excepciones muy importantes que sí te permiten ahorrar en el IRPF. En esta guía te explico de forma clara en qué situaciones puedes deducirte la prima, centrándonos en el caso de los autónomos y las hipotecas. Si buscas un seguro de vida con ventajas fiscales, llámanos al 91 079 96 62 y te ayudaremos a encontrarlo.
¿Qué información vas a encontrar en este artículo?
- ¿Desgrava un seguro de vida en la declaración de la renta?
- El seguro de vida vinculado a la hipoteca: una deducción con fecha de caducidad
- Otros casos donde sí puedes deducir tu seguro de vida
- ¿Y el cobro de un seguro de vida? Así es como tributa
- ¿En qué casillas de la declaración de la renta se pone el seguro de vida?
- Preguntas frecuentes sobre la desgravación del seguro de vida
¿Desgrava un seguro de vida en la declaración de la renta?
Para la gran mayoría de los contribuyentes, es decir, un trabajador por cuenta ajena que contrata un seguro de vida riesgo para proteger a su familia, la respuesta directa es no. Hacienda no considera la prima de este seguro como un gasto deducible en el IRPF. Su función es de protección, no de ahorro, y por tanto no genera beneficios fiscales directos en la declaración.
Sin embargo, como en casi todo lo relacionado con los impuestos, la respuesta completa es un «depende». Existen tres escenarios muy concretos en los que SÍ podrás deducirte las primas de tu seguro de vida.
El seguro de vida vinculado a la hipoteca: una deducción con fecha de caducidad
Este es uno de los casos más conocidos, pero también de los más restrictivos. Sí, puedes desgravarte el seguro de vida si está vinculado a tu hipoteca, pero solo si cumples dos condiciones de forma simultánea:
- Que el seguro esté destinado a amortizar la hipoteca de tu vivienda habitual.
- Y el punto clave: que la hipoteca se haya firmado antes del 1 de enero de 2013.
Si cumples ambos requisitos, podrás sumar las primas que pagas cada año por el seguro de vida a la base de la deducción por adquisición de vivienda habitual.
Esta deducción te permite desgravarte un 15% de lo aportado en el año (hipoteca + seguro), con una base máxima de 9.040 euros. Si tu hipoteca es posterior a esa fecha, aunque tengas un seguro vinculado, no podrás deducirte nada.
Otros casos donde sí puedes deducir tu seguro de vida
Además de las hipotecas antiguas, existen otros dos escenarios muy diferentes en los que las primas de tu seguro de vida sí te permiten ahorrar en la declaración de la renta.
La gran ventaja de los autónomos
Este es, sin duda, el supuesto más beneficioso y extendido en la actualidad. Si eres trabajador autónomo y tributas en el régimen de estimación directa (ya sea normal o simplificada), puedes deducirte las primas del seguro de vida como un gasto de tu actividad profesional.
- ¿Qué seguro puedes deducir? Aquel en el que tú seas tomador, asegurado y beneficiario (para la cobertura de incapacidad) o lo sean tu cónyuge e hijos (para la de fallecimiento).
- ¿Cuál es el límite? Puedes deducirte un máximo de 500 euros al año. Este límite se amplía a 1.500 euros si el autónomo (o su cónyuge o hijos) tiene una discapacidad.
Los seguros de vida vinculados a un plan de ahorro
Aquí es fundamental no confundir productos. Si tu póliza es en realidad un producto de ahorro con formato de seguro de vida, como un Plan de Previsión Asegurado (PPA), entonces las aportaciones que realices sí son deducibles en la base imponible del IRPF.
Estos productos funcionan de forma muy similar a un plan de pensiones: el dinero que aportas reduce tu base imponible, por lo que pagas menos impuestos en tu declaración. Tienen los mismos límites de aportación que los planes de pensiones (1.500 euros anuales o hasta 8.500 si se combinan con aportaciones de empresa).
¿Y el cobro de un seguro de vida? Así es como tributa
Tan importante como saber si desgrava el pago es saber cómo tributa el cobro de la indemnización, ya que los impuestos que afectan a un seguro de vida son diferentes en cada caso:
- Si el beneficiario es distinto del tomador (lo que ocurre en caso de fallecimiento): el dinero tributa en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Es fundamental entender cómo tributan los seguros de vida en sucesiones, ya que tienen una fiscalidad propia y reducciones específicas.
- Si el beneficiario es el mismo que el tomador (lo que ocurre en caso de cobrar por incapacidad o al rescatar un plan de ahorro): el dinero se considera un rendimiento del capital mobiliario y tributa en el IRPF.
¿En qué casillas de la declaración de la renta se pone el seguro de vida?
Si te encuentras en uno de los casos en los que puedes desgravar, estas son las casillas clave que debes tener en cuenta en tu borrador:
- Para autónomos: la prima se incluye como un gasto deducible más en el apartado de «Rendimientos de actividades económicas en estimación directa», concretamente en la casilla 0200 («Primas de seguros»).
- Para hipotecas anteriores a 2013: las primas se suman al resto de gastos en las casillas 547 y 548, correspondientes a la deducción por inversión en vivienda habitual.
- Para los PPA: las aportaciones se reflejan en el apartado de reducciones de la base imponible, en la casilla 0463.
Preguntas frecuentes sobre la desgravación del seguro de vida
¿El seguro de vida de la empresa desgrava para el empleado?
No directamente. El seguro de vida colectivo que ofrece una empresa se considera una retribución en especie, pero está exenta de tributar en el IRPF del empleado hasta un límite. Es decir, no te lo puedes desgravar, pero tampoco pagas impuestos por ese beneficio.
¿Puedo desgravar el seguro de vida si soy trabajador por cuenta ajena?
Como regla general, no. Solo podrías hacerlo si ese seguro está vinculado a una hipoteca de tu vivienda habitual firmada antes del 1 de enero de 2013.
¿El límite de 500€ para autónomos es por persona?
Sí. El límite de 500 euros es individual. Si un autónomo tiene un seguro para él y otro para su cónyuge (que también sea autónomo), cada uno podría deducirse hasta 500 euros en su respectiva declaración.